Toda Gobierno Autónomo Descentralizado y otras entidades del Gobierno Central tienen acceso a recibir el acompañamiento para la gestión de alojamientos temporales en sus diferentes fases planificación, implementación, apertura, cuidado mantenimiento y cierre del alojamiento temporal, a fin de contar con los recursos necesarios ante una situación de emergencia y desastre.
¿A quién está dirigido?
Usuarios Entidades Gubernamentales: Gobierno central y GAD.
Requisitos Obligatorios:
1. Solicitud de acompañamiento para la gestión de alojamientos temporales dirigida al(a) Director(a) General del Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias o al(a) Coordinador(a) Zonal de Gestión de Riesgos de la jurisdicción a la que pertenece.
¿Cómo hago el trámite?
1. El usuario debe elaborar la solicitud del servicio e imprimirla y presentarla al(a) asistente administrativo(a) de recepción en la Coordinación Zonal de la jurisdicción a la que pertenece.
2. El usuario debe esperar coordinación para recibir acompañamiento
3. El usuario recibirá el acompañamiento para la gestión de alojamientos temporales
El trámite no tiene costo.
Base Legal
*Decreto Ejecutivo Nro. 1288, art. 3;
*Resolución Nro. SGR- 029 -2018, art. 2 emite el «Manual para la Gestión de Alojamientos Temporales»