Toda la ciudadanía, Gobierno Autónomo Descentralizado y otras entidades del Gobierno Central tienen acceso a recibir la entrega de bienes de asistencia humanitaria, a fin de proteger la vida, las condiciones básicas de subsistencia y la dignidad de las personas que han sufrido los impactos de eventos peligrosos, emergencias, desastres o catástrofes
¿A quién está dirigido?
Ciudadanía en general
Gobiernos Autónomos Descentralizados
Gobierno Central
Requisitos obligatorios
Solicitud de apoyo para la complementariedad en la entrega de asistencia humanitaria dirigida al (la) Coordinador(a) Zonal de Gestión de Riesgos o declaratoria de emergencia / estado de excepción.
¿Cómo hago el trámite?
1. El usuario debe elaborar la solicitud del servicio e imprimirla y presentarla al(a) asistente administrativo(a) de recepción en las oficinas de Matriz o en la Coordinación Zonal de la jurisdicción a la que pertenece.
2. El usuario debe esperar coordinación para recibir apoyo para la complementariedad en la entrega de asistencia humanitaria.
3. El usuario recibirá el apoyo para la complementariedad en la entrega de asistencia humanitaria.
El trámite no tiene costo.
Base Legal
*Constitución de la República del Ecuador: art. 261, 264, 340, 389, 390, 397
*Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización: art. 37, 50, 60, 70, 90 y 140
*Ley de Seguridad Pública del Estado: capítulo 3, art. 11
*Reglamento a la Ley de Seguridad Pública y del Estado: art. 3, 18, 19, 20, 24
* Manual del Comité de Operaciones de Emergencias – COE