Resoluciones COE Nacional 15 de agosto 2020
El COE Nacional, en sesión permanente del sábado 15 de agosto de 2020, por unanimidad de los miembros plenos, resolvió:
1. Aprobar las modificaciones al “Protocolo para el ingreso al país vía aérea, permanencia y salida de aislamiento preventivo obligatorio”, actualizado y validado en conjunto por el Puesto de Mando Unificado –PMU-, así como por
los Ministerios de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, Salud Pública, Gobierno, Transportes y Obras Públicas, Turismo, Inclusión Económica y Social, Servicio Nacional de Riesgos y Emergencias y la Policía Nacional; mismo que entrará en vigencia desde el 15 de agosto del año en curso , en los términos generales siguientes:
- a) Viajero que ingrese con prueba RT-PCR negativa con una vigencia de hasta diez (10) días antes de su ingreso al país y sin síntomas al arribo; esta persona no deberá realizar APO y su circulación podrá ser libre en el
territorio ecuatoriano continental. - b) Viajero que ingrese sin prueba RT-PCR: el viajero que no cuente con una prueba RT-PCR negativa a su ingreso al país, pasará inmediatamente a cumplir Aislamiento Preventivo Obligatorio (APO) en los alojamientos
temporales indicados en el protocolo, podrá realizarse una prueba RT-PCR, a su costo en los laboratorios autorizados por el ACCESS y cumplir el APO en un alojamiento temporal hasta la entrega del resultado negativo. Con un resultado negativo el viajero terminará su APO y con un resultado positivo deberá continuar en APO en el alojamiento temporal y se brindará la atención de salud necesaria de acuerdo con su cuadro clínico. De no optar por realizarse la prueba RT- PCR, deberá terminar el APO en el alojamiento temporal por un periodo de 10 días.
Estas regulaciones están en constante revisión y sujetas a modificaciones, de conformidad con el comportamiento y avance de la COVID – 19 en el país y el mundo. Documento disponible en: https://www.gestionderiesgos.gob.ec/wp-content/uploads/2020/08/PROTOCOLO-PMU-COE-PIVAPSAPO-verion-2.0.pdf