Resoluciones COE Nacional 25 de mayo 2020
El COE Nacional, en sesión permanente del lunes 25 de mayo de 2020, por unanimidad de los miembros plenos, resolvió:
1) Disponer que el Ministerio de Salud formalice la conformación de la mesa de apoyo epidemiológico como un ente de asesoría técnica de la autoridad sanitaria nacional, con el objetivo de que el MSP adopte las decisiones de su competencia en el marco de su participación en el COE Nacional.
El MSP definirá los objetivos de la mesa de apoyo epidemiológico a fin de que sus aportes contribuyan, entre otros temas, en lo siguiente:
a. Analizar la situación de salud y evolución del COVID-19 en el Ecuador.
b. Elaborar informes para análisis de los COE’s cantonales, provinciales o nacional.
c. Generar una red de epidemiólogos a nivel de todas las provincias del país.
d. Fortalecer el sistema de vigilancia epidemiológica del MSP.
2) Aprobar los siguientes documentos para la reactivación y operación de transporte, presentados por la Mesa Técnica de Trabajo Nro. 3, Servicios Básicos, liderada por el Ministerio de Transporte y Obras Pública:
- Guía de Movilidad Urbana Sostenible;
- Protocolo de Reactivación y Operación del Servicio de Transporte Público Interprovincial e intraprovincial durante la Semaforización;
- Protocolo de Operación del Servicio de Transporte de Carga Liviana y Mixta durante la Semaforización;
- Protocolo de Operación del Servicio de Transporte en Taxi Convencional y Ejecutivo durante la Semaforización;
- Protocolo de Operación del Servicio de Transporte Escolar e Institucional durante la Semaforización; y,
- Protocolo de Reactivación y Operación del Servicio de Transporte Terrestre Turístico durante la Semaforización.
Se recuerda que es responsabilidad de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales y Metropolitanos, en el marco de la competencia asumida de control de tránsito, ejecutar las acciones necesarias para el control de tránsito en la zona rural y urbana de sus circunscripciones, a fin de garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en los protocolos de transporte aprobados.
Para las jurisdicciones en las cuales la Policía Nacional y la Comisión de Tránsito del Ecuador, asume la competencia de control de tránsito, serán los servidores policiales y los vigilantes, respectivamente, quienes aplicarán las sanciones administrativas pecuniarias y acciones que correspondan ante los incumplimientos de las medidas de restricción vehicular y operación de cada modalidad, establecidas en los Protocolos de transporte arriba señalados.
El Ministerio de Transporte y Obras Públicas coordinará y remitirá al Ministerio de Gobierno, los lineamientos que deberán considerarse en el Protocolo de Salvoconductos para su reforma y aplicación por parte de los entes de control, de acuerdo a lo contenido de la Guía y Protocolos de reactivación y operación de transporte aprobados.
3) Autorizar el ingreso del Remolcador Internacional KOOLE 42 con bandera Británica, y de la Gabarra internacional NO TRIPULADA H-283 con bandera Panameña, a las Islas Galápagos, con fines emergentes para la remoción de restos de la embarcación “Galápagos Majestic, se deberán cumplir con todos los protocolos de bioseguridad establecidos para este fin.