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SGR reitera apoyo a bomberos para la provisión de servicios prestados para la defensa contra incendios

Foto Archivo-Entrega de Motobombas en San Lorenzo (Esmeraldas)

Samborondón (Guayas) Enero, 08 del 2015.-La Secretaría de Gestión de Riesgos como ente rector del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión de Riesgos (SNDGR) reitera a los Cuerpos de Bomberos del país su apoyo para la provisión continua de los servicios de defensa contra incendio prestados por los mismos.

La Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica que se tramitó hoy en la Asamblea Nacional, cumple con el artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador que expresa el derecho de los usuarios de recibir servicios públicos y obviamente pagar única y exclusivamente por los servicios recibidos; transparenta dicho cobro y lo diferencia de otro servicio ajeno.

Tal como se ha indicado en diferentes reuniones a los señores representantes de los Cuerpos de Bomberos la tasa prevista en el artículo 32 de la Ley de Defensa Contra Incendios podrá ser cobrada por las empresas eléctricas previo convenio entre ellas y los Cuerpos de Bomberos para ser recaudado en una factura independiente junto a la del servicio eléctrico por un tiempo de seis meses a partir de la vigencia de la ley.

La Secretaría de Gestión de Riesgos velará porque durante esos seis meses de vigencia se desarrolle un mecanismo adecuado y pertinente de recaudación de la mencionada tasa.


 

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